Comercio exterior 2026: qué cambia con la eliminación de dictaminación de avisos y la Manifestación de Valor Electrónica
- Maria E Elorza
- hace 5 días
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La publicación de la NOM-137-SSA1-2025 podría interpretarse como una actualización técnica de requisitos de etiquetado para dispositivos médicos. Sin embargo, reducirla a un simple cambio gráfico sería ignorar el verdadero mensaje detrás de la regulación.
La digitalización del comercio exterior en México sigue avanzando. Durante junio de 2026, las autoridades anunciaron dos movimientos relevantes para importadores, exportadores y empresas que operan bajo esquemas regulados: la eliminación de la dictaminación para ciertos avisos en comercio exterior y la continuidad de la transición hacia la Manifestación de Valor Electrónica.
Ambas medidas comparten un objetivo: reducir tiempos administrativos, eliminar pasos innecesarios y hacer más eficiente el intercambio de información entre empresas y autoridades. Sin embargo, es importante entender que simplificar un trámite no significa eliminar las obligaciones de cumplimiento.
La nueva lógica es clara: menos espera por una resolución expresa, pero mayor responsabilidad para que las empresas presenten información completa, correcta y respaldada.
1. ¿Qué significa la eliminación de dictaminación de avisos?
La Secretaría de Economía, el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México anunciaron la eliminación de la dictaminación de ciertos avisos en materia de comercio exterior para agilizar trámites mediante la Ventanilla Única.
En términos prácticos, algunos avisos ya no requerirán una resolución expresa de la autoridad para continuar con el proceso. Estos trámites se consideran autogestivos: la empresa presenta la información correspondiente y asume la responsabilidad de que los datos, documentos y requisitos aplicables sean correctos.
Este cambio busca disminuir cargas administrativas, reducir tiempos de espera y mejorar la experiencia de quienes realizan operaciones de comercio exterior. Pero hay una precisión importante: la eliminación de la dictaminación no elimina la facultad de revisión de las autoridades.
Las empresas deben seguir cumpliendo con las disposiciones regulatorias, la documentación soporte, los requisitos de seguridad aplicables y las obligaciones derivadas de cada operación. Una autoridad puede revisar posteriormente la información presentada, verificar su cumplimiento e imponer sanciones cuando corresponda.
2. La simplificación no aplica para todos los avisos
Uno de los principales riesgos al interpretar este tipo de comunicados es asumir que todos los avisos de comercio exterior dejaron de requerir intervención de la autoridad.
No es así.
La medida está dirigida a avisos específicos vinculados con operaciones determinadas dentro de la Ventanilla Única, incluyendo avisos automáticos relacionados con maquinaria utilizada para sorteos con números o símbolos sujetos al azar, en la modalidad de informe de observaciones sobre estándares mínimos de seguridad.
Además, las modificaciones de alta o baja de domicilio de planta, bodega o almacén bajo PROSEC no forman parte de esta simplificación.
Por eso, antes de modificar un proceso interno, es indispensable revisar el tipo de aviso, la mercancía involucrada, el programa aplicable y la regulación vigente para la operación específica.
3. La Manifestación de Valor Electrónica: otro paso hacia una operación más digital
De forma paralela, el SAT y la ANAM continúan impulsando la Manifestación de Valor Electrónica, conocida como MVE.
La MVE permite transmitir electrónicamente, a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior, la información relacionada con el valor en aduana de las mercancías antes de su despacho.
De acuerdo con la autoridad, este esquema busca reducir riesgos en la determinación de contribuciones, facilitar revisiones más ágiles y disminuir costos operativos para las empresas.
La Manifestación de Valor Electrónica está disponible desde agosto de 2025. Posteriormente, el SAT reformó el transitorio aplicable para permitir que, hasta el 31 de julio de 2026, las empresas continúen cumpliendo bajo el esquema transitorio previsto en las reglas anteriores.
Esta fecha debe considerarse como un punto crítico de preparación operativa. Las empresas que aún no han validado sus procesos digitales, la integración de información de valor o la coordinación con su agencia aduanal deben hacerlo con anticipación.
4. Menos burocracia no significa menos control
La eliminación de dictaminación y la evolución de la MVE reflejan una transformación importante: el comercio exterior mexicano se mueve hacia procesos más digitales, trazables y autogestivos.
Para las empresas, esto puede traducirse en mayor agilidad. Pero también implica que los errores pueden detectarse con mayor facilidad, especialmente cuando la información transmitida no coincide con facturas, contratos, comprobantes de pago, documentación de transporte o registros internos.
Una operación digital eficiente requiere consistencia documental.
La información declarada debe coincidir con la realidad comercial de la operación. Esto incluye el valor de las mercancías, los proveedores, las condiciones de compra, los conceptos que integran el valor en aduana y los documentos que respaldan cada transacción.
5. ¿Qué deberían revisar las empresas ahora?
Ante estos cambios, recomendamos realizar una revisión preventiva de los siguientes puntos:
A) Identificar los avisos aplicables a la operaciónNo todos los avisos entran en el esquema de simplificación. Es importante confirmar cuáles siguen requiriendo resolución, validación o un proceso específico.
B) Actualizar los procedimientos internosLas áreas de logística, compras, comercio exterior, fiscal y cumplimiento deben trabajar bajo un mismo flujo de información.
C) Validar la documentación soporte del valor en aduanaFacturas, contratos, comprobantes de pago, órdenes de compra y documentos de transporte deben ser coherentes entre sí.
D) Revisar la preparación para la MVELas empresas deben confirmar que cuentan con los procesos, usuarios, accesos, expedientes y responsables necesarios para operar correctamente en Ventanilla Única.
E) Coordinarse con agentes y agencias aduanalesLa digitalización exige una comunicación más cercana entre importador, proveedor, agente aduanal y áreas internas.
6. Preguntas frecuentes
¿Se eliminaron los avisos de comercio exterior?
No. La medida elimina la dictaminación o resolución expresa para ciertos avisos, pero no elimina el cumplimiento de los requisitos aplicables.
¿Todos los avisos son ahora autogestivos?
No. La simplificación aplica únicamente a avisos específicos definidos por la autoridad.
¿La MVE sustituye todos los documentos de comercio exterior?
No. La MVE facilita la presentación electrónica de información sobre el valor en aduana, pero las empresas deben conservar y respaldar la documentación que sustenta sus operaciones.
¿Por qué es importante el 31 de julio de 2026?
Porque el SAT mantuvo hasta esa fecha el esquema transitorio aplicable a la Manifestación de Valor Electrónica. Cada empresa debe revisar cómo impacta esta transición en sus operaciones concretas.
7. Conclusión
La simplificación administrativa es una oportunidad para operar con mayor rapidez, pero solo funciona cuando existe orden documental, coordinación interna y una estrategia clara de cumplimiento.
En comercio exterior, la agilidad no depende únicamente de eliminar trámites. Depende de que cada operación esté correctamente estructurada desde el origen.
En Grupo Aduanero Intertrade acompañamos a las empresas en la revisión de avisos, preparación documental, cumplimiento regulatorio y operación aduanera para reducir riesgos y evitar retrasos en la cadena de suministro.
Referencias
Agencia Nacional de Aduanas de México. (2026, 2 de junio). Manifestación de Valor Electrónica.
Agencia Nacional de Aduanas de México, Secretaría de Economía, & Servicio de Administración Tributaria. (2026, 4 de junio). Secretaría de Economía, SAT y Aduanas eliminan dictaminación de avisos en comercio exterior para agilizar trámites.
Servicio de Administración Tributaria. (2026). Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026: Primera versión anticipada.




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